Los letrados que habían bajado de Jerusalén iban diciendo: <<Tiene dentro a Belcebú>>. Y también: <<Expulsa los demonios con el poder del jefe de los demonios>>.
Hacía tiempo que las autoridades centrales debían de tener noticia de la actividad de Jesús, dado el número de gente que había acudido a él desde Jerusalén y Judea (3,7b-8); ahora, además, la noticia de que Jesús ha pretendido constituir un nuevo Israel ha alcanzado la capital. Ante esta nueva y radical actitud y la simpatía que despierta entre numerosos judíos (3,20), la reacción del centro es inmediata: unos maestros de la Ley procedentes de Jerusalén bajan a Galilea; se trata, sin duda, de una comisión oficial. Las autoridades centrales quieren neutralizar el peligro que representa Jesús para la institución.
No pretenden investigar ni dialogar con Jesús; su juicio sobre él está formado. Se proponen desacreditarlo y comienzan una campaña de difamación (<<iban diciendo>>).
Los parientes de Jesús, partidarios de la institución, habían dicho que estaba loco. Los letrados, en cambio, dan un juicio teológico: Jesús no es un loco irresponsable, sino un enemigo de Dios, un poseído por el demonio. No ofrecen pruebas de lo que dicen; simplemente intentan destruir la indiscutible autoridad de Jesús oponiéndole su propia autoridad de teólogos y maestros reconocidos de la Ley; y no ya provincianos, sino llegados de la capital misma, centro religioso de Israel y sede de sus instituciones. A la autoridad del Espíritu, presente en Jesús (1,22; 2,10), oponen su propia autoridad doctrinal, otorgada por la institución religiosa. Ellos son los representantes y custodios de la ortodoxia oficial.
Pretenden lograr un descrédito radical. Su primera afirmación es un ataque directo a la persona de Jesús. <<Tiene dentro a Belcebú>>, es decir, está poseído por un espíritu inmundo (cf. v. 30) que dirige sus actos; en consecuencia, es un impuro, aborrecible para Dios; su actividad está dirigida por las fuerzas del mal; es un enemigo de Dios, un heterodoxo o hereje, porque niega la validez de la doctrina y las instituciones tradicionales, que, según la teología oficial, tenían su origen en Dios mismo.
El uso del nombre de Belcebú en lugar de <<espíritu inmundo>> o <<Satanás>> puede indicar que la afirmación de los letrados expresa y fomenta la creencia popular en la posesión diabólica, mientras que, para Mc, <<Satanás>>, <<espíritu inmundo>> o <<demonio>> son términos de valor figurado (cf. 1,13.23.34).
La segunda afirmación de los letrados intenta prevenir la objeción que saltaba a la vista de cualquiera: ¿cómo puede ser agente de Belcebú uno que expulsa demonios (1,34; cf. 1,23-26), combatiendo su dominio? Los letrados afirman que esta actividad la realiza Jesús con poder del jefe de los demonios, es decir, de Satanás. En otras palabras: lo acusan de magia (hacer cosas extraordinarias con un poder diabólico), condenada con la muerte. Su intención coincide con la de los fariseos y herodianos de Galilea (3,6).
Los letrados no mencionan la constitución de los Doce, pero la atacan indirectamente al afirmar que Jesús está poseído; se refieren solamente a la expulsión de demonios, que daba pie a una evidente objeción contra ellos y en la que se manifestaba claramente la autoridad de Jesús, su poder de persuasión, con el que liberaba a los fanáticos de la ideología de violencia, que los poseía.
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